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¿Enseñanzas comunes o enseñanzas mínimas?El currículo de cada una de las enseñanzas del sistema escolar español está formado por los objetivos, competencias básicas, métodos pedagógicos y criterios de evaluación. Su determinación corresponde al Gobierno y tiene la finalidad de garantizar la validez de los títulos correspondientes. La LOGSE y la LOE emplean la perícopa “enseñanzas mínimas” como referente de los contenidos básicos del currículo. La LOCE, por el contrario, empleaba los términos “enseñanzas comunes”.
No parece intrascendente este ligero matiz en la definición de los currículos ya que el legislador de la LOE, que ha copiado literalmente muchos párrafos de la LOCE, no lo ha hecho en este caso. Esta referencia a las “enseñanzas mínimas” o “enseñanzas comunes” se encuentra con motivo de la determinación del tanto por ciento que del currículo puede definir con carácter general el Estado para todas las CCAA. Es decir, la expresión “enseñanzas comunes” de la LOCE indica que tales enseñanzas lo serán para todos los escolares españoles y da más importancia a lo “común” que a lo “mínimo”. La LOE, al indicar “enseñanzas mínimas”, aunque estas supongan las comunes para todos los españoles, está señalando el rasero mínimo que deben alcanzar los españoles en su formación para conseguir el título. ¿Tendrá algo que ver esto con la exigencia del mínimo esfuerzo que parece inspirar las leyes educativas españolas? ¿Esfuerzo, que por otra parte, no es personal, sino compartido?
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