
El aborto es un delito
Los grupos de la oposición, una vez más, han planteado en el Parlamento de Navarra, una iniciativa vinculada con el aborto inducido. De nuevo se han apoyado, para tratar de alcanzar sus objetivos abortistas, en la manipulación descarada de la opinión pública empleando indebidamente el lenguaje. Afirman sin ningún pudor que en Navarra no se atiende el derecho que tiene la mujer embarazada a ser sometida a prácticas abortivas. Acusan, sin fundamento alguno, que el gobierno de Navarra, apoyado por UPN, no cumple con las leyes sanitarias forales y estatales que, según manifiestan, establecen este derecho al aborto.
En el ordenamiento jurídico vigente no está reconocido ningún derecho personal al aborto. Muy al contrario de lo manifestado sin pudor alguno, el sistema legal español tipifica como delictivas las prácticas tendentes a provocar abortos. Es decir, el aborto es un delito que la ley debe perseguir y condenar a los que lo practican. Solamente, en determinadas condiciones, y dentro de ciertos plazos, estas prácticas no son delictivas. Es el caso del embarazo que puede generar graves riesgos para la salud física y psicológica de la mujer. También lo es si el embarazo ha sido provocado por un acto de violación de la madre o que el feto tenga malformaciones. En tales casos, el código penal ha despenalizado tales prácticas abortivas. La legislación sanitaria española reconoce el derecho a la salud. A tal efecto, ordena que las autoridades sanitarias establezcan un catálogo de prestaciones sanitarias. Entre ellas, reconoce la prestación de las actividades precisas para provocar el aborto en los casos despenalizados por la ley. Esta prestación es un práctica instrumental necesaria para garantizar el derecho a la salud igual que lo puede ser la prestación de una intervención quirúrgica. Nadie, en su sano juicio, afirmaría que tiene derecho personal a que le extirpen determinado órgano vital ni lo reclamaría al juez por el simple hecho de que en el catálogo de prestaciones se encuentra la extirpación del órgano sugerido. Lo que reclamaría de las autoridades sanitarias españolas es la atención médica necesaria para recuperar o mantener la salud perdida o en riesgo de serlo. Por otra parte, lo reconocido en el derecho español es el derecho personal a la vida. Se incluye aquí el derecho a la vida del que va a nacer. De este, el nasciturus, del que nadie se acuerda. Lamentablemente, en España, el que va a nacer se encuentra potencialmente en el momento más peligroso para su vida. Más que el que nunca jamás encontrará. Si lo supera, es posible que llegue a viejo. En el último año, casi 100.000 nasciturus en España, no podrá tener esta fortuna. Han muerto uno cada seis minutos. Powered by AkoComment 2.0! |